3 de septiembre de 2009

Los diez cambios clave (Sobre la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual)

Por Graciela Moreno

Hace más de 25 años que la democracia se debía el debate de una nueva ley de radiodifusión. Finalmente, esos borradores que comenzaron a pensarse desde mediados de la década del ’80 en facultades de Comunicación, en barrios, en medios de baja potencia, en asociaciones sin fines de lucro y en muchos rincones de todo el país, llegaron al Congreso. Justamente el mismo día en que se cumplen 89 años de la primera transmisión radial, realizada en la terraza del Teatro Coliseo.
Bautizada como Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual, la norma contempla los “21 puntos de la iniciativa ciudadana por una ley de radiodifusión de la democracia”, aportados por distintas organizaciones sociales, a los cuales se sumó el aporte de más de 20 foros desarrollados en todo el país. Ese debate anticipado y horizontal, sin embargo, fue cuestionado por distintos diputados de la oposición, quienes advirtieron que con eso se pretendía “condicionar el debate en el Congreso”. Frank La Rue, Relator de Libertad de Expresión de la ONU, buscó saldar esa polémica con una definición contundente: “A muchos legisladores, a veces se les olvida que no son la autoridad de un pueblo, sino representantes, que no es lo mismo. Es muy importante que se haya sometido a una consulta”.

En la última semana, la adquisición de los derechos de televisación de los partidos de fútbol por parte del Estado dejó en evidencia la concentración mediática, reabrió el debate sobre el papel de los medios en la comunicación, y puso en cuestión la diferencia entre libertad de empresa y libertad de prensa.

La primera muestra de lo que podría ocurrir con la democratización de los medios se vio el pasado fin de semana: eterno postergado de los ratings, Canal 7 parecía condenado a transcurrir como sinónimo de frialdad televisiva y exégeta del gobierno de turno. Sin embargo, la estatización de las transmisiones calentó su pantalla y lo ubicó en el podio del rating, relegando a dos canales comerciales. A partir de la confirmación de la ley, esa experiencia podría multiplicarse: uno de sus puntos principales reserva el 33 por ciento del espectro a entidades sin fines de lucro, que, como Canal 7, podrán competir de igual a igual con el resto de la oferta televisiva.

Quienes le sacaron punta al proyecto oficial aseguran que, tras su promulgación, ya nada será igual. La televisión, el único electrodoméstico que influye en la vida cultural y social de los ciudadanos, está por modificarse. ¿Cómo impactarán esos cambios en la vida cotidiana de los argentinos? Lo que sigue son algunas de las claves del proyecto más trascendente de las últimas décadas.


1- Autoridad de aplicación. El Comité Federal de Radiodifusión dejará de existir. Será reemplazado por la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual que tendrá un directorio con cinco miembros designados por el Poder Ejecutivo, y dos a propuesta de la Comisión Bicameral de Promoción y Seguimiento de la Comunicación Audiovisual. Este organismo regulará los medios electrónicos en la Argentina. El control del Congreso se prevé como una forma de evaluar el funcionamiento de la autoridad de aplicación, de los medios públicos y el desempeño del Defensor Público. Por eso se crea la Comisión Bicameral de Seguimiento y Promoción de los Servicios de Comunicación Audiovisual. También nace el Consejo Federal de Comunicación Audiovisual, con representantes de las provincias, de las cámaras de prestadores privados, de universidades, de medios públicos y hasta de trabajadores, entre otros. Su tarea será proponer los jurados de los concursos, colaborar y asesorar en el diseño de la política pública de radiodifusión.

2- Contenidos y publicidad. Se exigirá el 70% de producción nacional en las radios y el 60% en la televisión. Se propone una cuota de pantalla de cine nacional. Además, se establecerá un consejo asesor sobre temas audiovisuales e infancia para fomentar la producción de contenidos educativos e infantiles. El proyecto inicial ya dejaba en claro que los partidos de fútbol relevantes se podrán ver por TV abierta. La publicidad en los canales de aire no podrá ser mayor a los 12 minutos por hora. Si bien el proyecto oficial otorgaba la misma cantidad de minutos al cable, se evaluaba mermar la cantidad de minutos de avisos en los servicios pagos.


3- Sin fines de lucro y comunitarios. Las entidades sin fines de lucro también podrán ser licenciatarias y se les reservará, con carácter inderogable, el 33% del espectro. Podrán sumarse asociaciones, fundaciones, mutuales, entre otras. También se establece un régimen abierto de participación para las cooperativas. Se promoverá la regularización de medios comunitarios, que han estado excluidos durante décadas. Con estas medidas, se amplía la oferta de señales públicas y gratuitas, con contenidos que no persigan objetivos comerciales.

4- Medios públicos. El Estado nacional, las provincias, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y los municipios tendrán asignadas frecuencias. También se permitirá que las universidades tengan emisoras sin restricciones ni obligación de ser sociedades comerciales. La ampliación de la oferta repartirá la audiencia en un sentido plural.

5- Plazo de licencias. Las licencias tendrán una duración de 10 años y se podrán prorrogar por 10 años más, previa realización de audiencias públicas. Este mecanismo se crea para determinar prórrogas de licencias y decisiones sobre el uso que se dará a las nuevas tecnologías, por ejemplo, el destino del dividendo digital. Si bien no está comprendido en la ley, el Gobierno ya ha decidido adoptar la norma de televisión digital japonesa, integrándose con Brasil.

6- Titularidad de licencias. Para ser titular de una licencia se ponderarán criterios de idoneidad y de arraigo en la actividad. Se excluirá a quienes hayan sido funcionarios jerárquicos de gobiernos de facto. También se exigirá a los medios que tengan una carpeta de acceso público donde figure toda la información relevante del licenciatario.

7- Multiplicidad de licencias. Se impedirá la formación de monopolios y oligopolios. La autoridad de aplicación revisará cada dos años la cláusula de multiplicidad de licencias, no las licencias. Hasta ahora, una sola persona podía ser titular de 24 licencias de servicios abiertos (radio y TV). En la nueva ley sólo podría llegar a tener 10 licencias. Las licencias de TV paga tendrán un límite de 24, pero la autoridad de aplicación determinará los alcances territoriales y de población de las licencias. La multiplicidad de licencias no podrá implicar la posibilidad de prestar servicios a más del 35% del total de habitantes o abonados.

8- Licencias por zona. El tablero de medios ya no será el mismo. A nivel local, se podrá acceder a una AM, dos FM (en tanto existan más de ocho licencias en el área primaria), hasta una licencia de radiodifusión televisiva por suscripción (siempre que no tenga una licencia de TV abierta), hasta una licencia para canal de aire, siempre que no tenga una licencia televisiva por suscripción. En ningún caso, la suma total de licencias otorgadas en la misma área podrá superar las tres licencias. Será posible tener una licencia de radio y una de servicios audiovisuales.

9- Cambios en el cable. Los prestadores de servicios por cable no podrán ser titulares de señales abiertas en la misma área de cobertura. Este es uno de los puntos de la ley que más enoja al Grupo Clarín, que además de tener Canal 13, forma parte de Cablevisión/Multicanal y de varias señales de cable. Los prestadores de cable, en zonas donde sean el único servicio existente para mirar televisión, deberán disponer de una tarifa social.

10- Ingreso de empresas de servicios públicos. Se habilita el acceso a licencias de servicios de televisión por suscripción a las empresas de servicios públicos. Cuando exista otro prestador en la misma área, la autoridad de aplicación deberá evaluar la solicitud que contemple el interés de la población. En caso de presentarse oposición, se deberá solicitar un dictamen vinculante a la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia. Si son prestadoras de servicios de telecomunicación, la condición es que se garantice que más del 50% de su mercado esté disponible para que otro prestador pueda participar. Deberán facilitar a los competidores en los servicios licenciados el acceso a su propia infraestructura de soporte, en especial postes, mástiles y ductos, en condiciones de mercado.




Lic Walter Formento
CIEPE