26 de julio de 2009

Procedimientos de reincorporación a la actividad

A LOS/LAS COMPAÑEROS/AS: envío para conocimiento y difusión la Resolución 1511/09 que establece fechas y procedimientos de reincorporación a la actividad, luego del receso establecido por decreto provincial en función de acciones preventivas en relación a la situación de gripe en el País.


Saluda fraternalmente - Héctor Roncallo - Vocal Gremial Docente en el Consejo Provincial de Educación.
Viedma , 23 de Julio de 2009
Visitá la página de UnTER: www.unter.org.ar , Legislación Educativa para conocer y analizar el ordenamiento temático de la legislación del sistema Educativo.





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VIEDMA, 23 DE JULIO DE 2009



VISTO:

El Expediente Nº 141813 -V-2008 del registro del Ministerio de Educación -Consejo Provincial de Educación por el que se aprueba el Calendario Escolar

2009/2010, y


CONSIDERANDO:

Que el Calendario Escolar se definió por Resolución N° 2700/08;


Que se produjeron modificaciones mediante Resoluciones N° 200/09,N° 690/09, 913/09 y 1090/09;


Que ante la prevención por la Influenza A (H1N1) emitida por la Organización Mundial de la Salud, se dicta el Decreto Nº 467 por el que el Gobernador de la Provincia de Río Negro declara la Emergencia Sanitaria en todo el territorio, suspendiendo las clases de todos los Niveles del Sistema Educativo;


Que el Gobierno de Río Negro adhirió por Decreto Nº 468 a la Resolución Nº 471/09 del Ministerio de Trabajo de la Nación;


Que en la reunión mantenida en fecha 21 de julio de 2009 por los Sres. Ministros de Salud, Educación y Turismo de la Provincia de Río Negro, se definieron los pasos a seguir y las medidas a tomar para profundizar y optimizar la higiene en los establecimientos escolares;

Que en reunión mantenida entre el Sr. Ministro de Educación y el Secretario General de UnTER se intercambiaron criterios respecto al reingreso al funcionamiento pleno del sistema educativo;


Que en tal sentido, se deben determinar las fechas para el reintegro a tareas habituales del personal docente y de los alumnos, así como el período de exámenes de los alumnos de Nivel Medio;


Que corresponde instruir a las Subsecretarías de Coordinación Pedagógica y de Educación para que las mismas remitan los lineamientos necesarios para trabajar las adecuaciones curriculares y el mejor uso del tiempo escolar;


Que de igual modo corresponde instruir al Departamento Salud Laboral y Escolar para que envíe a los establecimientos escolares material con las recomendaciones necesarias para optimizar la higiene en las instituciones y fortalecer la prevención;


Que en relación a la licencia preventiva concedida a mujeres embarazadas, trabajadores inmuno comprometidos o que padezcan enfermedades oncológicas o enfermedades que le provoquen inmuno supresión o patologías cardíacas crónicas, diabetes o afecciones respiratorias de acuerdo a lo determinado por el Decreto Provincial Nº 528 la misma se extiende hasta el 2 de agosto de 2009;



POR ELLO, y de acuerdo a las facultades conferidas por los Artículos 4º y 86º de la Ley F Nº 2444 (texto consolidado)




EL VOCAL A CARGO DE LA PRESIDENCIA

DEL CONSEJO PROVINCIAL DE EDUCACIÓN

RESUELVE:



ARTÍCULO 1°.-ESTABLECER el reintegro a tareas habituales del personal docente y de los alumnos de los establecimientos escolares de todos los niveles y modalidades dependientes de todas las Delegaciones Regionales de Educación, según el siguiente cronograma:

· 29/07/09 – Personal de Supervisión, ETAP y Equipos Directivos

· 30/07/09 – Personal Docente

· 03/08/09 – Alumnos


ARTICULO 2º.-DETERMINAR el período de Exámenes para alumnos de Nivel Medio de carácter previo, libres y equivalencias, entre el 03-08-09 y el 07-08-09, todos ellos sin suspensión de actividades escolares.


ARTICULO 3º.-INSTRUIR a las Subsecretarías de Coordinación Pedagógica y de Educación para que remitan los lineamientos necesarios para trabajar las adecuaciones curriculares y el mejor uso del tiempo escolar, teniendo en cuenta las fechas de presentación indicadas en el Artículo 1º de la presente.


ARTICULO 4º.-INSTRUIR al Departamento Salud Laboral y Escolar para que envíe a los establecimientos escolares, el material con las Recomendaciones necesarias para optimizar la higiene en las instituciones y fortalecer la prevención contra la Influenza A (H1N1), teniendo en cuenta las fechas de presentación indicadas en el Artículo 1º de la presente.


ARTICULO 5º.-ESTABLECER , tal lo dispuesto por el Decreto Provincial Nº 528 la extensión hasta el día 02/08/09 de la licencia preventiva concedida a mujeres embarazadas, trabajadores inmuno comprometidos o que padezcan enfermedades oncológicas o enfermedades que le provoquen inmuno supresión o patologías cardíacas crónicas, diabetes o afecciones respiratorias.


ARTÍCULO 6°.-REGISTRAR, comunicar por intermedio de la Secretaría General a las Supervisiones Escolares respectivas de las Delegaciones Regionales de Educación: Valle Inferior, Atlántica, Sur I y II, Andina, Andina -Sur, Alto Valle Oeste, Alto Valle Centro I y II , Alto Valle Este I y II y Valle Medio, a las Direcciones de Nivel Inicial, Primario, Medio y Superior; a la UnTER y a la Secretaría de Trabajo de la Provincia de Río Negro y archivar.



RESOLUCIÓN N° 1511/2009